IMPAGO DE ALQUILERES
Este seguro está destinado a proteger, asesorar y defender las necesidades, los derechos y los intereses del arrendador y de su propiedad.
Asesoramiento
Un equipo de abogados te asesorará personalmente y defenderá tus intereses con cualquier conflicto relacionado con tu vivienda, por ejemplo, los que provengan del contrato de arrendamiento y los posibles daños ocasionados en el continente por parte del inquilino.
Tranquilidad
Lo básico, está asegurado. Se garantiza el cobro de la renta mensual. Nos hacemos cargo de los desperfectos o robo al continente y contenido de tu propiedad.
20% DESCUENTO
Hasta el 31 de Diciembre de
2023 te beneficiarás de un 20% de descuento para primas superiores a 120 euros.
Solicita precio sin compromiso
a través del formulario, o si lo prefieres, puedes llamarnos al 610 293 298.
Solicita Precio:
Servicios incluidos en tu seguro de Impago de Alquileres:
Asistencia Informática Online 24 Horas.
Asistencia-Hogar 24 Horas.
Servicio de Reparación de Calderas,
Servicio de Reparación de Electrodomésticos.
Servicio Orientación Médico Telefónica 24 Horas.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
La cobertura
PROTECCIÓN INTEGRAL DEL ARRENDADOR presta al Tomador del Seguro, en su calidad de arrendador, una triple protección.
Impago de alquileres por parte del inquilino:
Se garantiza el cobro de la renta mensual fijada en las condiciones particulares de la póliza. 100% de la renta mensual hasta un máximo 6, 9 ó 12 meses de renta en función de la opción contratada, las 3 opciones con un mes de franquicia.
Actos Vandálicos al Continente y Contenido:
Indemnización de los gastos ocasionados por los deterioros inmobiliarios y/o robo de continente y contenido de la vivienda asegurada, causados por el inquilino (Hasta 3.000 € con una de franquicia 300 €). A efectos de la presente cobertura el contenido deberá constar en el inventario de bienes anexo al contrato de arrendamiento y firmado por ambas partes en el momento de la formalización del mismo.
El pago de la indemnización correspondiente a esta cobertura procederá cuando exista un siniestro indemnizado con cargo a la cobertura de impago de alquileres. De contratarse la modalidad “Ampliada” el pago de la indemnización no estará vinculado con la existencia de dicho siniestro.
Defensa jurídica:
Asesoramiento jurídico y defensa de los intereses ante cualquier conflicto relacionado con la vivienda alquilada, entre ellos por supuesto, conflictos derivados del contrato de arrendamiento.
- Defensa y reclamación del contrato de arrendamiento.
- Defensa de derechos ante el Consorcio de Compensación de Seguros.
- Defensa de la Responsabilidad Penal.
- Reclamación de daños de origen extra-contractual.
- Derechos relativos a la vivienda.
- Reclamación por Incumplimiento de Contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones.
- Asistencia jurídica telefónica.
DOCUMENTACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA COBERTURA:
- Contrato de arrendamiento entre las partes (duración mínima 1 año).
- Nombre y DNI del Arrendatario o inquilino.
- Documento adjunto al proyecto referente a la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos), debidamente firmado por el Arrendador y el Arrendatario.
- Para arrendatarios asalariados, antigüedad laboral e ingresos anuales mediante nóminas.
- Para arrendatarios autónomos, última declaración de renta y/o IVA.
- Para arrendatarios jubilados, últimos ingresos percibidos como pensionista.
- Para estudiantes, DNI del avalista y aval firmado.
ATENCIÓN. Esta documentación deberá ser remitida al Centro de Suscripción, quien previa supervisión, aceptará o declinará la contratación de la cobertura.
NORMAS BÁSICAS DE SUSCRIPCIÓN:
- Tipo de solicitante: exclusivamente régimen “Propietario de vivienda y alquila”.
- Tipo de vivienda en régimen de alquiler: Piso, Unifamiliar Adosada, Unifamiliar aislada (chalet), casa aislada de pueblo, excluidos Módulos y Viviendas prefabricadas.
- Uso de la vivienda: exclusivamente “Vivienda principal”.
- Cobertura mínima de Protección Jurídica Familiar: Opción de contratación Básica o Completa.
REQUISITOS DEL ARRENDATARIO PARA ACEPTAR DE LA COBERTURA:
- Si es asalariado debe acreditarse la antigüedad laboral, contrato indefinido.
- Para todo tipo de arrendatario:
- Con ingresos inferiores a 30.000 euros netos, el cociente “Renta de alquiler anual / Ingresos” debe ser inferior al 40%, es decir, el inquilino no puede destinar más del 40% de su sueldo neto al pago de la renta de alquiler.
- Con ingresos superiores a 30.000 euros netos, el cociente anterior debe ser inferior al 45%.
- Sin incidencia de impagos anteriores y sin registro en la base de datos ASNEF.
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